Tal y como te hemos comentado, para formar parte de estos procesos selectivos públicos, es necesario que completes los trámites exigidos por la Administración.
Sin importar a qué clase de oposición vayas a presentarte, es imprescindible que cumplimentes el formulario de inscripción pertinente así como que realices el abono de las tasas determinadas.
La cantidad total a pagar dependerá de aspectos como el nivel en el que pretendas examinarte o el grupo al que pertenezca la profesión a la que pretendes optar.
Tal y como dicta la Agencia tributaria, existen distintos supuestos en materia de reducción de tarifas y exenciones de pago.
Para obtener una reducción de tasas del 50% con respecto al total del coste, deberás aportar, en el caso de estar bajo esta situación, tu certificado de familia numerosa de categoría general. El documento deberá estar actualizado y adjuntarse en el trámite de inscripción.
De igual forma, existen ciertas circunstancias que pueden excluir la obligación del pago de la matrícula.
Las personas que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, aquellas que sean pensionistas de la Seguridad Social y tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
Para optar a esta exención es necesario presentar el certificado acreditativo de discapacidad en conjunto con la solicitud correspondiente.
Aquellos que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, el mes anterior a la fecha de la convocatoria también podrán acceder a la reducción completa del pago si cuenta con los siguientes supuestos:
En este caso, no tendrán que pagar las tasas aquellos componentes de familias numerosas de clase especial. Es decir, aquellas unidades familiares que cuenten con cinco o más hijos.
Asimismo, las personas que hayan sido víctimas del terrorismo y que se categoricen como tal mediante una sentencia judicial firme o una resolución administrativa también serán exentas del pago de las tasas correspondientes.
Del mismo modo, los cónyuges, personas convivientes o los hijos de los afectados también podrán acceder a la exención.
Las mujeres víctimas de la violencia de género así como sus hijos también contarán con una reducción total de las tasas aplicables.
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24 de septiembre de 2024