En primer lugar, decir que el nuevo Real Decreto 984/2021 que regula la evaluación, promoción y titulación en las etapas educativas de Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, establece que los alumnos de las diferentes etapas del sistema educativo van a poder pasar de curso sin tener todo aprobado. Lo harán aunque tengan asignaturas suspensas.
La naturaleza de este Real Decreto es clara: a partir de ahora, primará que el alumno haya adquirido las competencias establecidas por ley para ese curso, independientemente de si ha superado o no todas las asignaturas que lo componen. Además, será todo el equipo docente quien, de forma colegiada, tendrá la última palabra al respecto. Este Real Decreto ha entrado en vigor para el curso académico 2022/2023, por lo que los cambios normativos son muy recientes.
En lo que respecta a la FP, debemos indicar, como punto de partida, que actualmente se organiza en ciclos formativos. Ya sean de grado medio (antigua FPI) o de grado superior (antigua FPII). (Dejaremos a un lado la Formación Profesional Básica, dirigida a la obtención de la titulación en ESO).
A su vez, los ciclos formativos están compuestos por diferentes módulos. Un módulo profesional es cada una de las “temáticas” que componen el ciclo formativo.
Pues bien, esta norma señala claramente que, para superar un ciclo formativo, el alumno necesitará una evaluación positiva en todos y cada uno de los módulos profesionales que componen dicho ciclo. Se incluye en esta obligatoriedad el módulo de FCT (Formación en Centros de Trabajo), que equivale a las antiguas prácticas en empresas.
Con fecha 31 de marzo de 2022 ha entrado en vigor la nueva Ley de ordenación e integración de la Formación Profesional, que viene a establecer un nuevo e innovador marco de actuación para todo el sistema de Formación Profesional en España.
Muchos de sus artículos necesitarán un desarrollo posterior, pero ya deja algunas cosas claras. Sobre todo en el punto 5 de su artículo 40. En él dice que «los y las estudiantes podrán permanecer cursando un ciclo formativo, con carácter general, durante un tiempo máximo que no supere el doble de los cursos asignados al ciclo”. Por lo tanto, si estamos estudiando un Ciclo Formativo de Grado Medio que se compone de 2 años, tendremos un máximo de 4 años para superar dicho Ciclo.
Para que quede más claro, recuerda esto: en la FP actual no hay un máximo de asignaturas o módulos profesionales que podemos suspender. Se habla del tiempo total que tardamos en realizar el ciclo: como máximo, el doble de su duración.
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