El Grado en Derecho se adentra en el estudio del conjunto de normas y leyes que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos que se plantean entre el Estado y los ciudadanos, entre las personas en sí y entre los Estados.
Esta carrera proporciona conocimientos en profundidad sobre los principios generales en los que se basan las distintas áreas de derecho (administrativo, ambiental, civil, comunitario, tributario, foral, internacional, educativo, informático, laboral, procesal, penal…) y cómo aplicar esos principios en situaciones determinadas.
Se trata de unos estudios muy teóricos que profundizan en una amplia variedad de materias jurídicas. Por ello, prepara para asumir múltiples funciones, tanto en empresas privadas y organismos públicos, como en el ejercicio libre de la profesión. Abogado, fiscal, procurador, asesor jurídico, notario, juez… son sólo algunas de las numerosas profesiones a las que pueden acceder los graduados en derecho.
Dobles grados
Esta variedad de materias se ve reflejada también en la oferta formativa. Actualmente se imparten un buen número de dobles grados en derecho donde se aúna el estudio general del derecho con una carrera especializada en un área en concreto.
Habitualmente se combina la carrera de Derecho con la de: Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Políticas, Criminología, Relaciones Internacionales, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Publicidad y Relaciones Públicas o Periodismo.
Habilitación profesional
Para poder ejercer como abogado o procurador de los tribunales, además de estar en posesión del título de Grado en Derecho, es necesario realizar estos cuatro pasos:
- Cursar el Máster Oficial Universitario de Acceso a la Abogacía. Estos cursos sólo pueden ser impartidos por universidades. Los planes de estudio deben comprender 60 créditos ECTS dirigidos a proporcionar las competencias necesarias para ejercer estas profesiones conforme a unos estándares de calidad homologables con los países de la UE.
- Realizar un periodo de prácticas en instituciones, entidades o despachos, relacionados con el ejercicio de esas profesiones. Este periodo de prácticas está incluido en el último cuatrimestre del máster. Puede realizarse en juzgados o tribunales, fiscalías, sociedades o despachos de abogados y departamentos jurídicos o de recursos humanos de las Administraciones Públicas, instituciones oficiales o empresas. También se contempla la posibilidad de realizarlas en establecimientos policiales, centros penitenciarios, de servicios sociales o sanitarios y en entidades que desarrollen actividades de interés general, siempre que estén relacionadas con la Abogacía.
- Superar el examen de acceso a la profesión de abogado: Una vez finalizado el Máster es necesario superar también un examen convocado por el Ministerio de Justicia.
- Colegiarse. Es obligatorio para poder ejercer la Abogacía en España. La incorporación a un solo Colegio de Abogados es suficiente para ejercer en todo el territorio nacional.
Para más información, puedes consultar el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
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