Con la nueva legislación, aprobada en marzo de 2022, las prácticas que ofrece la nueva Formación Profesional han pasado de ser opcionales a ser prácticamente obligatorias: toda la FP ha pasado a ser dual.
De esta manera, todas las formaciones que conducen a la obtención de un certificado profesional (=FP de Grado C) o un título de FP, sea de grado básico, medio o superior (=FP de Grado D) implican obligatoriamente que se ha pasado por una empresa, y que se ha realizado parte de la formación en ella.
Con la FP Dual, las prácticas que ofrece la nueva Formación Profesional en la empresa son un paso obligado de la formación del alumnado. Un dato importante es que una parte importante de la formación (entre una cuarta parte y la mitad) no la obtendrán en las aulas o talleres del centro de formación, sino en una empresa de su sector.
El porcentaje de tiempo destinado a la formación práctica depende del tipo de FP Dual que escoja el estudiante: general o intensiva. Si elige la primera, pasará en la empresa entre el 25y el 35% de la duración total de su formación. Y si elige la segunda, entre el 35 y el 50%.
Y a estos porcentajes les corresponderá una cantidad proporcional de horas de formación. Así, en el tipo intensivo la empresa se hará cargo de más del 30% de los resultados de aprendizaje del currículo.
En España hay dos tipos de prácticas profesionales: no laborales (sin contrato de trabajo) y laborales (con contrato). Pues bien, en la nueva FP se realizarán unas u otras, dependiendo de si se escoge el régimen dual general o el intensivo.
Los alumnos que cursen FP en régimen dual general realizarán en las empresas prácticas no laborales: su estancia en la empresa tendrá naturaleza de «formación práctica tutorizada», no tendrán vinculación contractual con la empresa ni percibirán remuneración alguna. Estas prácticas, por tanto, equivalen al llamado «módulo de formación en el centro de trabajo (FCT)» que ya existían en los planes de estudio.
Todos los alumnos que cursen FP Dual en régimen dual intensivo sin embargo realizarán prácticas laborales. Esto significa que firmarán con la empresa un contrato de trabajo. En concreto, será un contrato de formación en alternancia».
Estas son las características más importantes de este tipo de contrato, nacido de la reforma laboral de 2021:
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