Según el Real Decreto sobre la nueva selectividad aprobado en 2008 los titulados en Formación Profesional de Grado Superior pueden acceder a cualquier carrera universitaria (a cualquier Grado Universitario) sin necesidad de hacer la Selectividad. Pero, si la demanda de plazas en la universidad supera la oferta, tienen acceso preferente los que provengan de títulos adscritos a la misma rama de conocimiento del Grado universitario que quieren cursar.
Cuando la demanda de plazas para cursar un determinado Grado es mayor que la oferta, las solicitudes se ordenan en función de la nota de acceso de cada estudiante. La nota de admisión para alumnos con Titulaciones Superiores de Formación Profesional y de Artes Plásticas se obtiene haciendo la media entre los módulos del ciclo formativo.
En caso de empate, tienen acceso preferente los estudiantes cuyo título esté adscrito a la misma rama de conocimiento que los estudios universitarios que quieran cursar.
En el caso de que la nota media del ciclo formativo sea inferior a la nota de corte, es posible mejorar la nota de admisión. Los titulados en ciclos superiores de FP tienen derecho a presentarse voluntariamente a la fase específica de Selectividad y realizar esta prueba en las mismas condiciones que los estudiantes de Bachillerato (R.D. 558/2010 de 7 de mayo).
¿En qué consiste esta parte específica? Consta de exámenes sobre materias de modalidad relacionadas con la carrera que se quiere cursar. El alumno decide cuántos ejercicios realiza, hasta un máximo de 4. Pero sólo le puntúan las calificaciones de dos materias (las mejores). Estas dos notas se suman a la nota media obtenida en el ciclo formativo. Las notas de la fase específica caducan a los 2 años.
Si la carrera que se quiere estudiar tiene relación directa con los estudios de Formación Profesional cursados, se puede solicitar la convalidación de algunos créditos ECTS. Es decir, materias cursadas durante la Formación Profesional son convalidables con algunas asignaturas de los Grados Universitarios. Si pertenecen a la misma rama de conocimientos que el grado universitario, hay más posibilidades de convalidación de créditos ECTS. Para más información sobre las equivalencias y convalidaciones, se puede mirar en R.D. 1618/2011, de 16 de diciembre.
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